La afectación al régimen de protección de vivienda (Bien de Familia) tiene por finalidad proteger patrimonialmente el inmueble afectado. De esta manera, el inmueble registrado no puede ser enajenado sin previa desafectación y tampoco puede ser ejecutado por deudas posteriores a su inscripción como tal, ni aún en caso de concurso o quiebra.
min | max | |
---|---|---|
Duración total: | 20mn | 1h. |
de la cual: | ||
Espera en fila: | 10mn | 25mn |
Tiempo de atención: | 10mn | 35mn |